Urge expulsar a los extranjeros que cometan delitos
¿Alguién sabe cuántos millones de extranjeros, legales, ilegales y mediopensionistas, viven permanentemente en España…?
Lo dudo mucho, la verdad, pues el descontrol es total y absoluto.
Algunos autores hablan de “entre ocho y diez millones” de personas, y lo único que está claro y meridiano es que la población no para de crecer, y ya bordeamos los cuarenta y nueve millones de personas.
Teniendo en cuenta que en África hay mil quinientos millones de habitantes, nada menos, y que una buena parte quieren venir aquí, a “disfrutar” de nuestro estado de bienestar, sanidad pública, enseñanza, etc., todo gratis (para ellos, no para nosotros), resulta obvio que estamos siendo invadidos y okupados por los extranjeros.
De seguir así las cosas, en unos pocos años los españoles pasaremos a ser una minoría, con la consiguiente pérdida de nuestra religión mayoritaria, la católica, cultura, tradiciones y costumbres, etc.
El código penal permite en determinados supuestos, penas de hasta seis años de prisión, su sustitución por la expulsión del territorio nacional, durante un determinado número de años, en consonancia con la pena.
¡Pero hace falta el consentimiento del penado, es decir, del delincuente!
En varias ocasiones, tanto como fiscal como de abogado, he asistido al acto procesal en el que el Juzgado o Tribunal les pregunta por este asunto, y en todos los casos los penados prefieren ir a la cárcel en España, que ser enviados a sus países de origen, donde, es muy posible, que queden en libertad.
¿Curioso, no…?
Ello se debe, en mi opinión, a que las prisiones españoles en realidad son similares a un hostal de dos estrellas, con tres comidas calientes al día, calefacción y agua caliente, gimnasio, algunas hasta con piscina, toda clase de facilidades para estudiar, etc.
Y a la salida, un año y medio de subsidio por desempleo, para facilitar su reinserción social.
¡Cómo si muchos no fueran de imposible reinserción, pues no los quieren ni en sus países de origen, precisamente por su actividad criminal y antecedentes!
Debería reformarse el código penal, para que esa expulsión fuera automática, en esos supuestos.
Nos ahorraríamos mucho dinero, y “limpiaríamos” un poco nuestra Patria, que buena falta le hace.
Bienvenidos los que vienen a trabajar, y trabajan, efectivamente, pero no los criminales, delincuentes y parásitos sociales.
Es más, la propia Constitución establece en su artículo 11 que “La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley”.
Ergo, se puede regular la pérdida de la nacionalidad española para aquellos extranjeros que sean indignos de vivir en España, ya que solo los españoles de origen no podemos ser privados de nuestra nacionalidad, como dice el apartado dos del mismo artículo.
¿No creen ustedes que esta labor de poda y limpieza, quitando la maleza, y nunca mejor dicha, sería buena para todos nosotros, los españoles de origen…?
A grandes males, grandes remedios.
(Pero nada espero del régimen totalitario sanchista, ni de su fiel aliado, el PP de Feijóo, el no líder, al que hay que enviar de vuelta a Galicia, pero solo con billete de ida).
¡Y que lo disfruten ellos!
Publicado en Periodista Digital, El Español Digital y El Criterio (10/10/2024)