Procuradores, servicios profesionales y competencia
No es verdad que el buen paño en el arcón se vende. Y conozco grandes profesionales que son desconocidos para el público, y auténticos incompetentes que “triunfan” socialmente, pues salen mucho en prensa y televisión. Y profesiones totalmente prescindibles, como los Procuradores de los Tribunales.
Y digo esto a riesgo de no encontrar Procurador que quiera representarme, como ya le pasó a un despacho de abogados de una capital de provincia española, que tuvo que acudir a los Tribunales para que les habilitasen procurador, ante la negativa de todos los profesionales de la ciudad a representarles.
Lo cierto es que vengo sosteniendo desde hace una década, al menos, no la desaparición del procurador, que siempre será necesario, especialmente cuando el pleito se siga en ciudad distinta a la que tenga su despacho el abogado, pero si, al menos, la voluntariedad de su utilización.
Esta mañana he acudido a los juzgados de lo contencioso administrativo de Zaragoza, servidos por magistrados muy trabajadores, eficaces y competentes, por cierto, y he recogido unas notificaciones. ¿Para que necesito un procurador, si resido en la misma ciudad, y no me supone ningún problema ser notificado en persona?
Ahora bien, recientemente tuve que acudir como abogado a un tribunal de campanillas, en Madrid. El procurador correspondiente, me esperó en la puerta del órgano, me acompañó a la sala de vistas, “calentó” el asiento mientras yo hacía las alegaciones procedentes, y luego fuimos a tomar café. ¿Era necesario? Pienso que no, aunque al no residir en Madrid, me viene bien para presentar escritos, recibir notificaciones, etc.
Con la proyectada nueva ley de servicios profesionales, el anterior (des)gobierno quiso cometer una de sus últimas fechorías: terminar con la colegiación obligatoria, lo que suponía, a medio y largo plazo, la desaparición de los colegios, o al menos su reducción a simples asociaciones de profesionales.
Parece ser, según la prensa e informaciones varias de internet, que se excluirían de dicha “desregularización” los profesionales jurídicos y sanitarios, en atención precisamente a las importantes funciones que tienen encomendadas en estos ámbitos. ¿Y es que los ingenieros de caminos, canales y puertos, los aeronáuticos o los veterinarios, por ejemplo, no tienen altas responsabilidades que atender…?
Yo propongo que se aproveche la ley, si es que vuelve a presentarse por el actual gobierno, y se suprima la obligatoriedad de utilizar procuradores en la práctica totalidad de los procedimientos judiciales, quedando en voluntarios. Con ello se conseguirían dos objetivos básicos:
– Reducción de costes para el litigante, que no tendría que soportar el pago a dos profesionales, sino solamente a uno, en la mayoría de los casos, y,
– La introducción de la competencia en el sector, ya que sólo sobrevivían, profesionalmente hablando, los mejores.
Para lo cual, evidentemente, tendría que suprimirse el arancel, ya que mientras todos sigan cobrando lo mismo por idénticos conceptos o servicios, no hay competencia posible, y da lo mismo acudir a un buen profesional que a un procurador incompetente.
Si desean mayor información sobre estos temas, aunque ya está algo desfasado, pueden consultar mi libro “Procuradores, Debate sobre la Representación Judicial”, publicado por editorial Dykinson, Madrid, 2005.
Pienso que los procuradores no son necesarios, o, al menos, que su utilización no tendría que ser obligatoria. Soy abogado y cuando viene un cliente con un problema, tiene que empezar desembolsando dinero para tres cosas:
– provisión de fondos para el Procurador (que todos suelen pedirla, para asegurarse el cobro).
tasas judiciales, que tiene que pagar prácticamente todo el mundo.
-honorarios del abogado (que la mayoría no pedimos por adelantado, sobre todo si conocemos al cliente).
En resumen, que frente al resultado del pleito, cada día más incierto, el cliente tiene que adelantar dinero por tres conceptos distintos, sin tener ninguna seguridad de que el asunto vaya a llegar a buen puerto.
¿De verdad nos extraña que cada día tengamos menos trabajo…?
La desaparición de la obligatoriedad del Procurador redundaría en una disminución de los costes de litigar, y consiguientemente supondría un aumento de trabajo. Al menos así es como yo lo veo, en conciencia.
La obligatoriedad de ir al juzgado de la mano de un Procurador solo se explica desde las presiones corporatistas de este colectivo… Hace unos años había un Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, cuyo nombre no recuerdo ahora mismo, que se dedicaba a emitir informes para el Tribunal de Defensa de la Competencia, siempre favorables a los Procuradores. ¿Pura objetividad o intereses creados? Luego intervenía en congresos de los procuradores, les daba conferencias, etc., supongo que generosamente pagadas. Por cierto, si alguien recuerda su nombre, agradeceré l haga publico. (En el boletín informativo del ministerio de justicia se publicó alguno de sus trabajos laudatorios para los procuradores). En todo el mundo han quedado en meramente optativos o facultativos; por algo será. Hasta en Argentina.
Ignorancia, vuestros comentarios son eso, ignorancia y desconocimiento de lo que hacemos los procuradores e ignorancia y desconocimiento total de lo que es el día a día en los juzgados españoles.
Vosotros, como, entiendo, letrados, ¿entrais en el Juzgado a las 8’30 de la mañana y os pegais cuatro horas allí metidos presentando escritos, recogiendo notificaciones en papel, resolviendo dudas, recabando documentación, hablando con el secretario tal o el funcionario cual? Vosotros, a la salida del Juzgado ¿os vais a los registros o a la oficina liquidadora o a hacienda a hablar con alguien para ver si ese embargo de iva…?¿vosotros habéis asistido alguna vez a un embargo, a un lanzamiento o a una posesión? Vosotros, cuando llegais al despacho ¿os sentais delante del ordenador a descargar la firma de lexnet, a mandar las oportunas notificaciones, a recordar los señalamientos del día siguiente a los letrados, a resolver las dudas de algunos de ellos, a preparar tasaciones de costas, liquidaciones de intereses, a redactar demandas de ejecución y escritos varios, a coger la información patrimonial del PNJ (entiendo que sabéis lo que es) para ver qué se puede embargar en beneficio del cliente, a controlar los cobros y pagos para los clientes y letrados? ¿Vosotros hacéis o creéis que podéis hacer todo eso? Si la respuesta es sí deberíais ejerecer de procuradores sin miedo a que un letrado, por muy académico que sea, te llame inútil o cuasijeta, por no decir ladrón (para lo que hacemos). Si la respuesta es no, mejor seguid ejerciendo de letrados. Pero no os preocupéis, siempre habrá un buen procurador detrás que os ayude a llevar a buen término el pleito.
Por cierto Ramiro, cuando dices que fuiste a recoger unas notificaciones a un juzgado de lo contencioso, ¿cuánto tiempo llevaban esperando a que fueses? Yo las recojo a diario, sin producir dilación alguna al proceso.
Un saludo.
Pablo, comprendo que defiendas tu «nicho de mercado», porque en vuestro caso es eso, un auténtico nicho. Es posible que tú puedas llegar a jubilarle como procurador, pero lo que es evidente es que tus hijos no podrán ejercer como procuradores, o, en su caso, lo tendrás que hacer de forma simultánea con otras profesiones, como por ejemplo la Abogacía.
No estamos en una sociedad de analfabetos, como cuando se diseñó esta profesión. Cualquier persona puede representarse a sí misma, y es absolutamente ridículo que tengamos que ir al juzgado de la mano de un procurador, como si fuéramos niños pequeños, que necesitan un tutor o encargado.
Y también es evidente que los procuradores hacen cosas que tendrán que hacer los abogados. Yo he debido de tener mala suerte, pues tengo que estar siempre encima de mis asuntos, pues los procuradores que utilizo van a remolque de mis instrucciones, y no tirando ellos del carro, como sería lo lógico… Encima, como los considero amigos, me cuesta buscar otros distintos, seguramente mejores, pues pienso que más vale malo conocido que bueno por conocer.