Posible fin del monopolio de los procuradores de los tribunales
La profesión de procurador de los tribunales es discutida y discutible. No solo eso, sino que está en franco retroceso, cuando no desaparecida, en la mayoría de los países del mundo. Escasamente subsiste en unos 50, pero no olvidemos que hay alrededor de 200 estados…
No pongo en duda su utilidad, pero si su necesidad. Es muy útil, sobre todo cuando el abogado no trabaja en el lugar dónde lleva el pleito, algo que sucede muy a menudo, por cierto.
Tampoco estoy contra los procuradores. Tengo buenos amigos y compañeros de carrera que ejercen la procura, con toda dignidad, competencia y profesionalidad.
Pero lo cierto es que encarecen el coste de los litigios, pues no es lo mismo tener que pagar a un solo profesional, el abogado, que a dos, incluyendo al procurador.
Procuradores que además cobran con arreglo a un Arancel, y que aplican automáticamente, de forma que les da exactamente igual que el pleito se haya ganado, se haya perdido, o incluso se hayan impuesto a nuestro cliente las costas de los profesionales de la parte contraria, con lo cual puede acabar pagando a cuatro profesionales, dos abogados y dos procuradores… ¡Visto lo cual, no creo que le queden ganas de volver a pleitear en su vida!
Al tema dediqué en 2014 el trabajo “Los procuradores en la nueva ley de servicios y colegios profesionales”, y puede verse gratuitamente en mi web Navegando Contracorriente.
Huelga decirles que de esa ley nunca más nada se supo, pues fue abortada por las presiones de los colegios profesionales, y la inoperancia del PP, partido para ayudar…
Como estos de la Unión Europea son muy pesados, y siguen presionando a España, nuestro gobierno que es experto en no hacer nada –para lo cual es necesario hacer ver que se está haciendo algo-, ha encargado un nuevo informe a la CNMC, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y así, de paso, justifican su sueldo.
El informe anterior tenía 34 páginas, pero el actual solamente tiene 18, lo que es muy de agradecer, puesto que aunque parece obvio que no servirá para nada, y solamente está destinado a calmar a la UE, al menos evitamos la devastación de nuestros ya escasos bosques, y no aburrimos en exceso al personal, que está ya harto de volver a las andadas, sin que luego se haga absolutamente nada.
La Comisión Europea envió a España una Carta de Emplazamiento, el 18 de julio de 2015, en el marco del procedimiento de infracción 2015/4062, y casi tres años después, con la “tradicional” celeridad de la administración pública, se solicitó informe a la CNMC, que tuvo entrada en ese organismo el 6 de febrero de 2018… (Una muestra más del desinterés de España por afrontar el problema, cogiendo al toro por los cuernos).
El informe IPC/CNMC/04/18 Anteproyecto de Ley de reforma de las condiciones de acceso y ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, que es de fecha 22 de marzo de 2018, propone lo siguiente (a grandes rasgos):
- Que la formación para ejercer ambas profesiones sea idéntica, con una única vía de acceso a ambas.
- Que se modifique la ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, para permitir la prestación de servicios de abogado y procurador por una misma sociedad profesional. (Con lo cual el cliente tendrá que seguir pagando a dos profesionales, por un trabajo que podría hacer perfectamente uno solo de ellos, el abogado).
- Que los abogados puedan asumir la representación de sus clientes, de la misma forma que ya lo hacen los abogados del estado, letrados de la seguridad social y administraciones públicas –autonomías, corporaciones locales, gestores administrativos y graduados sociales.
- Yo añado a los fiscales, que tampoco han utilizado nunca procuradores de los tribunales, asumiendo las funciones jurídicas y de representación propias de la profesión, en forma similar a los abogados del Estado. ¡Y hasta la fecha, ningún “cliente” se ha quejado, al menos que yo sepa!
Asimismo se cuestiona la fijación de aranceles de los procuradores por el Estado, o más bien por el Gobierno, lo que impide la existencia de una real competencia entre ellos…, y redunda en perjuicio de los clientes, es decir, los usuarios de su representación procesal.
La Comisión Europea “consideró que impedir el acceso de los abogados a tareas como la “representación técnica” y la realización de actos de comunicación de las partes a los Tribunales, de la manera en que están reservados actualmente a los procuradores, resulta desproporcionado y no está claramente justificado por una razón imperiosa de interés general. La Comisión considera que España no ha aportado argumentos sobre los motivos por los que la cualificación profesional de los abogados, en particular el contenido de su formación, no basta para ejercer actividades como las citadas…”.
Para la CNMC: “… existen tres profesiones cuyo ejercicio resulta incompatible con la profesión de Procurador: Abogado, Gestor Administrativo y Graduado Social. Se trata de incompatibilidades entre profesiones y no entre actividades profesionales. Eso explicaría que sea incompatible la profesión de Procurador con la profesión de Abogado, pero, al mismo tiempo, que un Abogado pueda realizar conjuntamente actividades de defensa y de representación de las partes, tal y como sucede, por ejemplo, en el contencioso administrativo o en el laboral”.
Como de todos es bien sabido, supongo, en ambos ámbitos, el contencioso-administrativo y la jurisdicción social, el abogado puede asumir conjuntamente la defensa y representación de sus clientes.
Lo mismo sucede con los graduados sociales en la jurisdicción social o laboral, sin problema alguno.
Es más, anteriormente también se podía asumir la representación ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de las Audiencias Territoriales (art. 33, 1, LRJCA de 27 de diciembre de 1956), pero posteriormente se suprimió ese “derecho” sin que la Abogacía como Institución hiciera nada por recuperarlo, dicho sea de paso…
En el ámbito del proceso penal, la LECrim. en su art. 768 permite en el marco del procedimiento abreviado, que es el proceso básico, que: “El Abogado designado para la defensa tendrá también habilitación legal para la representación de su defendido, no siendo necesaria la intervención de Procurador hasta el trámite de apertura del juicio oral. Hasta entonces cumplirá el Abogado el deber de señalamiento de domicilio a efectos de notificaciones y traslados de documentos”.
Dice la Comisión: “No se considera que el que un abogado realice las tareas de un procurador pueda acarrear conflictos de intereses y retrasar la administración de justicia, ya que las normas establecen una responsabilidad, un comportamiento ético y una obligación de secreto profesional similares para ambas profesiones”. Y para que no haya dudas, remata: “En otros Estados Miembros esta labor –se refiere a la representación procesal- la realizan los abogados y en España también los graduados sociales en asuntos laborales”.
Más claro, agua.
Y respecto a los Aranceles de los Procuradores, o precios fijos, establecidos por normativa reglamentaria del Ministerio de Justicia, considera que es “algo inexistente en cualquier otra actividad profesional…, bajo una configuración de precios fijos o cuasi fijos. Se permite un descuento máximo de un 12%…”.
Se proponen tres medidas para limitar el impacto de los aranceles sobre los consumidores, que deben acudir obligatoriamente al Procurador, por exigirlo la normativa procesal correspondiente:
- Que el arancel tenga el carácter de máximo, en sustitución del actual, que es de mínimos obligatorios.
- Que se permita la negociación entre las partes por debajo de esos valores (en el bien entendido supuesto de que esto beneficiará a los grandes litigantes, bancos, compañías de seguros, etc., pero no al consumidor o litigante ocasional).
- Que se obligue al Procurador a presentar un presupuesto previo, de forma que el usuario pueda decidir si emprende el pleito o no…
En otras palabras, ¿estamos cerca o lejos de la desaparición de la figura del Procurador, al menos en su actual estatus privilegiado de representante procesal obligatorio…?
Con el actual gobierno, la verdad es que lo dudo, pues parece que come de la mano de la procura. Solo con ver que han tardado prácticamente tres años en comenzar a tramitar el emplazamiento de la Comisión Europea, es más que suficiente.
Y no me extraña. El actual –y esperemos que por poco tiempo- Ministro de Justicia está tan ocupado poniendo a parir a los jueces, haciendo demagogia al peor estilo podemita, que no tiene tiempo para hacer el trabajo por el que le pagamos los españoles.
Publicado en Alerta Digital (05/05/2018), Sierra Norte Digital (06/05/2018) y Heraldo Sanitario de Oregón (09/05/2018)
Hay profesiones que van desapareciendo, con el paso del tiempo.
Y mucho me temo que la de procurador será una de ellas.
En casi todo el mundo los abogados asumen la DEFENSA y REPRESENTACIÓN de sus clientes, y no veo que pase nada, o que la administración de justicia deje de funcionar…
No tiene por que desaparecer.
Bastaría con que su utilización fuera OPTATIVA o VOLUNTARIA, es decir que sea el cliente, que el definitiva es quien le paga, quien diga si quiere que se utilice un procurador o no.
¡Y teniendo en cuenta su coste, cada día más elevado, DUDO MUCHO QUE LOS LITIGANTES, EN GENERAL, quieran acudir a los juicios de la mano de un Procurador!
Las profesiones y los oficios nacen y mueren, como las personas.
¿Quedan muchos afiladores en España, o buhoneros?
Pues lo mismo pasará con esos recaderos a los que llamamos procuradores de los tribunales…
Y que mayormente sirven para encarecer el coste de los pleitos, que s eme olvidaba decirlo.
Ahora, cuando tienes un problema legal, necesitas:
1. Un abogado, para que te defienda.
2. Un procurador, para que te represente.
¿Qué pasa, que no me puedo representar a mí misma, siendo mayor de edad, y no estando incapacitada?
3. Pagar las tasas judiciales, QUE SON EL REPAGO POR PLEITEAR, es decir un auténtico impuesto sobre los juicios.
4. Y, lo más importante de todo, SI TE CONDENAN EN COSTAS, deberás pagar también al abogado, al procurador y las tasas que haya podido pagar la contraparte en el pleito.
5. Por no hablar de las POSIBLES PERITOS, que esos primero cobran, y después hacen la peritación. «Sin dineros no hay chufletes», así evitan la morosidad o los impagos.
EN DEFINITIVA, ¿Ustedes creen que con este panorama vale la pena mucho pleitear en España?
SI DESAPARECIERAN LOS PROCURADORES, POR LO MENOS SE REDUCIRÍAN ESTOS COSTES EN UN 30%, O INCLUSO MÁS, POR TÉRMINO MEDIO, DE CADA LITIGIO.
Entiendo que como dice el autor si el abogado y el litigante viven en puntos dispares, se encargue un procurardor de hacer esas gestiones, que el Abogado no puede hacer y que resultaria mas caro, pero no entiendo que viviendo ambos en el mismo lugar sea necesaria esta figura, que a veces entorpece mas que facilita y lo digo por pura experiencia
Como muy bien dice Antonio hay profesiones que cambian, antes habia los aguadores que te trauian el hielo a las casas, carboneros, lecheros y hasta aceiteros, pero ahora esas profesiojhnes han desaparecido y no es de recibho que existan, como han desaparecido otras dignas profesiones, la de sereno, o otras similares yo personalmente preferiaria que solo interviniera el abogado y ademas creo que deben desaparecer y que sea el Abogado el que se preocupe de todo, que tiempo tiene y ademas asi se evitarian dimes y diretes y costaria menos
Además, con LEXnet tiene menos sentido aún la existencia de los procuradores, desde la perspectiva de la resolución judicial de los procedimientos. Sin embargo, como se dice en este artículo, es evidente que interesa como instrumento disuasorio de utilizar al poder judicial, con el objetivo de utilizar el dinero ahorrado para «comprar» votos en el denominado «Estado de patrocinio político», como denominó el escritor más influyente del siglo 20 a los estados occidentales.
Así es.
Se puede decir más alto, pero no más claro.
LOS PROCURADORES SON UNA PROFESIÓN PARASITARIA, QUE ESTÁN A MUERTE CON EL PP. Todos los informes que pide Bruselas sobre el gremio realmente los redactan ellos mismos…
¿Qué valor añadido aporta actuar de carteros, recibiendo los correos electrónicos de los abogados, para reenviarlos a los juzgados y tribunales, y a la inversa?
A mi si me quitan mi profesión, la hecen desaparecer, me parece bien siempre que me establezcan una pensión del doble del salario mínimo interprofesional hasta la edad de jubilación. Luego ya vendrán los letrados y letradas pidiéndonos ayuda en las ejecuciones civiles… jajajaja
Don Enrique, con todo respeto y afecto, lo que la CNMC sugiere es que los procuradores puedan ejercer también como abogados, o los abogados como procuradores. En otras palabras, que ambas profesiones sean una sola y única profesión, en dónde se ejerza conjuntamente LA REPRESENTACIÓN Y LA DEFENSA.
(Al menos así lo he entendido yo).
todo es aprender como lo has hecho tú. Os compensa renovaros y ejercer como abogados, y que la figura de representación procesal la lleve la misma persona que la defensa técnica.
¿Y qué problema hay en que los abogados puedan REPRESENTAR A SUS CLIENTES, como sucede prácticamente en todo el mundo jurídico civilizado…?
Ello no implicaría, ni mucho menos, LA DESAPARICIÓN DE LOS PROCURADORES, pues podrían subsistir igual, pero eso sí, DE UNA FORMA OPTATIVA Y VOLUNTARIA, y por la utilidad de sus servicios, no como ahora, QUE SON OBLIGATORIOS, y el abogado tiene que ir siempre de la mano de un procurador, como si fuera un niño pequeño, que se puede perder solo.
1. ¿Acaso los ASESORES FISCALES no nos representan en nuestras relaciones con Hacienda?
2. ¿Y los GESTORES ADMINISTRATIVOS no nos representan ante cualquier administración pública u organismo oficial?
3. Y los GRADUADOS SOCIALES, ¿no nos representan en asuntos laborales y de la seguridad social?
Pero para ir al juzgado, yo, mayor de edad, no incapacitado, NECESITO OBLIGATORIAMENTE UN PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES.
Es decir, NO PUEDO REPRESENTARTE A MÍ MISMO.
¡Manda huevos!
Buffff, que maravilla ver que opináis lo mismo que yo. Llevo un año en la profesión, (antes me dediqué a otra cosa) y estoy más harta de los procuradores que de los propios funcionarios de justicia. Yo capto los clientes, yo recojo la documentación y la escaneo, yo se la envio al procurador por mail y él la presenta. Yo acompaño a los clientes a hacer el poder al procurador, muchos ni le llegan a conocer. Yo soy la que tiene que ir al juzgado a enterarse de como van los asuntos….En fin, no entiendo que pintan, eliminaba su obligatoriedad ya, sólo de modo voluntario. Sólo es útil si el pleito es en un lugar distinto al del despacho del abogado y del cliente, ahora bien, como sean como son con los que yo trabajo, compensa coger el coche y que se persone el cliente.
Estimada compañera Katy, yo también soy abogado recién iniciado, y sigo sin verle utilidad alguna al procurador…, salvo, como muy bien dices, cuando el pleito es en otra localidad.
Pero respecto a la ciudad o localidad donde tienes tu despacho, y ejerces normalmente la profesión, SON UNA CARGA Y UN ESTORBO, más que otra cosa.
Un auténtico PEAJE, que se llevan un 30 o un 40% de tus honorarios, y a veces más, sin preocuparse de buscar clientes, sin atenderles, sin perder el tiempo con ellos, ni nada de nada.
Y, eso sí, vienen a los juicios, PERO PARA CALENTAR LOS ASIENTOS CON SU CULO, pues evidentemente no dicen nada, ni realmente pintan nada. Yo creo que solo es UNA FORMA DE JUSTIFICAR SUS COBROS.
¿De verdad necesitan UN REPRESENTANTE LAS PERSONAS FÍSICAS, que pueden representarse perfectamente a sí mismos, salvo que sean incapaces? Y, de cualquier forma, el abogado DEBERÍA PODER ASUMIR LA DEFENSA Y REPRESENTACIÓN, igual que sucede en la mayoría de los países civilizados…, vamos que no viven en el tercermundista judicial, como sucede aquí, en ESPAÑA.
(Estoy seguro de que si los CATALANES se separan de ESPAÑA, lo que al paso que vamos pronto sucederá, UNA DE SUS PRIMERAS REFORMAS SERÁ LA SUPRESIÓN DE LOS PROCURADORES).
Gracias por tu comentario y cordiales saludos.
¿Puedo saber dónde ejerces, a título de curiosidad, y por si algún día podemos colaborar en algo?
Yo creo que lo lógico es que los procuradores se «reconviertan» en abogados, y que puedan seguir ejerciendo la procura, si quieren. En otras palabras, que se permita el ejercicio simultáneo de ambas profesiones, pero obviamente con una sola licencia fiscal, y una sola cotización a la seguridad social, o mutualidad correspondiente.
En este sentido, las mutualidades de abogados y procuradores DEBERÍAN INTEGRARSE EN UNA SOLA, o incluso integrarse ambas en la SEGURIDAD SOCIAL, como han hecho los NOTARIOS, por ejemplo, desde hace bastantes años.
¡Claro que entonces ese patrimonio desaparecería, pues se haría cargo la seguridad social de él, IGUAL QUE DE LOS PASIVOS CORRESPONDIENTES, es decir, de los JUBILADOS ACTUALES, Y FUTUROS!
De seguir gestionándose independientemente de la seguridad social, van a acabar QUEBRANDO AMBAS MUTUALIDADES, pues cada día tienen menos afiliados nuevos, mientras que los pasivos, es decir los jubilados e inválidos, NO PARAN DE CRECER…
Yo sigo pensando que en un pleito no quiero PROCURADORES, tuve uno por un problema en el piso con otro vecino y sali hasta las NARICES del Abogado, y no cambien por que fue el impuesto por mi compañia de seguros, y eso que teniamos amigos en comun, ambos , vago y sinverguenza como pocos, pero es que a la procuradora ni la conocí y eso que tenian el despcho en el mismo inmueble uno en el primero y la otra creo que en el principal, para hacer lo que hace, sigo diciendo que si el cliente y el abogado viven en el mismo lugar no hace ninguna falta, pueden ejercer de abogados, puesto que creo que para ser Procuradora hay que tener antes la lincenciatura de Derecho
1. La desaparición de los procuradores, es solo cuestión de tiempo.
2. O, por lo menos, su «transformación» en abogados, pues al fin y al cabo, la mayoría son licenciados en derecho…
3. Otra alternativa sería el ejercicio simultáneo de ambas profesiones, pero pagando solamente una licencia fiscal e impuestos, por supuesto.
4. O, más sencillo, acudir al modelo que se está imponiendo en casi todo el mundo: que el abogado asuma conjuntamente la defensa y representación de su cliente, que no es tan difícil, y más ahora, con los sistemas informáticos.
la obligatoriedad de los procuradores es anticonstitucional , una prueba mas del negocio judicial y del menosprecio a los ciudadanos. Quienes lo consienten participan del negocio de una u otra forma.