Churrerías jurídicas


Hace años, siendo fiscal sustituto en Zaragoza, coincidí con el juicio de divorcio de quien hoy es titular de un gran despacho jurídico, de los primeros de España, de esos que se anuncian en televisión, etc.

Y a pesar de ser su primer juicio como abogado, no lo hizo mal, la verdad, y así se lo dije, si bien es cierto que el buen hacer, la categoría jurídica y personal y la profunda humanidad de Magistrado don Luis Badia Gil, qepd, ayudo en mucho a que la vista llegara a buen puerto.

¡Qué jueces teníamos entonces, y que jueces, y sobre todo juezas, tenemos ahora, salvo alguna rara excepción!

Que gran verdad es el viejo adagio de que el juez que solo sabe derecho, ni derecho sabe…

Pues bien, a lo que íbamos, ese señor es ahora titular de un gran despacho jurídico, que gira en el tráfico más que jurídico, mercantil, con su propio apellido. Y digo lo de mercantil porque esos despachos que captan a sus clientes por medio de publicidad en los grandes medios –gastando sumas millonarias en ello-, en mi opinión no son realmente despachos de abogados, sin compañías mercantiles.

Siempre he pensado que hay tres tipos de abogados:

– Los que tienen un despacho, y son profesionales del Derecho.
– Los que tienen un “despecho”, y son abogados porque no han podido ser otra cosa. (Dicho sea de paso, yo podría estar perfectamente en este segundo grupo).
– Y las “churrerías jurídicas”, que son aquellos grandes despachos, montados como empresas, con abogados en prácticas, con contratos de formación, etc., y que ponen demandas como churros, a cientos, a miles, colapsando así los juzgados, sobre todo los civiles.

¡Claro que ese no es su problema, sino, en todo caso, del Estado y de la administración de justicia!

Pero que, en mi opinión, y con todo respeto hacia las personas, son la antítesis de lo que debe de ser un abogado, o por lo menos lo que yo creo que tiene que ser un abogado: una persona cercana a todo el mundo, dialogante, pacífica, que busca la solución a los problemas, pero que no se dedica a crearlos, y que solo acude al juzgado cuando no hay otra solución…

¿Qué solución tiene la existencia de estas “churrerías jurídicas”, que además amenazan con quedarse con casi toda la clientela, pues la mayoría de los españoles –en su ignorancia-, siguen pensando que hay gente que da euros por diez céntimos…?

El asunto es complejo, y requiere mucha reflexión. Pero, por ejemplo, nunca he entendido porque las leyes procesales no prevén la imposición de costas al propio letrado que sostiene pretensiones claramente insostenibles, o que no ha acudido a un intento de conciliación o avenencia previo al juicio.

Tal vez habría que obligar a interponer una conciliación previa ante el Letrado de la Administración de Justicia, como requisito procesal, y que pudiera servir para atemperar con criterios más objetivos la previsible imposición de costas, en su caso.

O que cada parte se pague sus costas, con lo cual el aliciente de conseguir una condena en costas con la que resarcirse de esa prestación de servicios jurídicos casi gratuita, se quede en agua de borrajas…

Lo que está claro es que los abogados no somos putas (aunque la verdad es que también trabajamos mucho con la lengua), y mucho menos estamos dispuestos a poner la cama…

Publicado en Confilegal (07/07/2017), Alerta Digital (08/07/2017) y Sierra Norte Digital (10/07/2017)

comentarios
  1. Adolfo |
  2. Francha |