Los procuradores en la nueva ley de servicios y colegios profesionales
Tengo en las manos el Informe de la CNMC, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre la nonata nueva ley de servicios y colegios profesionales.
A lo largo de 34 páginas se hace un recorrido por los principales problemas que plantea el proyecto de ley, especialmente sobre las restricciones al libre ejercicio profesional y otras cuestiones regulatorias de los colegios profesionales.
Las páginas 21 a 24 se refieren a la denostada profesión de Procurador de los Tribunales, que asumen la representación procesal, y están prácticamente extinguidos en loa países de nuestro entorno, pues suponen un coste excesivo para el litigante, y más ahora, con la implantación de las tasas judiciales.
En la práctica totalidad de los países es el Abogado quien asume, además de la defensa, la representación judicial de sus clientes, si bien es cierto que en algunos sistemas el procurador ha quedado como meramente optativo, de forma que las partes pueden encomendar su representación indistintamente, al abogado que les lleva el litigio, o a un procurador.
Es evidente que cuando el juzgado o tribunal tenga su sede en población distinta a aquella en la que tiene su despacho el abogado, el procurador tiene sentido y utilidad, para evitar desplazamientos y costes, pero no así cuando el abogado se desplaza habitualmente a la sede judicial correspondiente, y puede recoger las notificaciones y emplazamientos que se le hacen, en el curso del proceso.
La CNMC considera que es buena la proyectada supresión de los aranceles de los procuradores, que supone que todos cobren lo mismo, con lo cual no hay competencia alguna, y que se abra las puertas a la posibilidades de ejercer simultáneamente como abogado y procurador, si bien manifiesta su reticencia a las dificultades para que el abogado pueda acceder al ejercicio de “las funciones en las que el procurador actúa como agente de la autoridad”.
Se considera que no puede ni debe dotarse a los procuradores del carácter de autoridad pública, en actividades sujetas al control y las directrices de los Secretarios Judiciales. Se considera que es excesivo atribuir dicha condición a unos profesionales liberales, y que no deben reservarse las funciones de representación exclusivamente a los procuradores.
Todos sabemos que en nuestro ordenamiento jurídico existen numerosas profesiones que representan a sus clientes, muy dignamente por cierto, desde los abogados, pasando por los graduados sociales, gestores administrativos, asesores fiscales, agentes de la propiedad inmobiliaria, administradores de fincas, habilitados de clases pasivas, etc.
Al respecto, la CNMC se opone a que haya una reserva de actividad de representación procesal a favor de los procuradores. Como señala el informe, haciendo suyo el anterior de la CNC: “la razón explícitamente argumentada es incrementar la relevancia del papel de los procuradores en los procedimientos judiciales. Esta tautología, que confunde objetivo y resultado, no recoge ninguna razón de interés general, con lo cual esta CNC no la considera aceptable. La CNC entiende que no existe razón imperiosa de interés general para el mantenimiento de la obligación de representación procesal en España…obstaculizando en dicho caso a la competencia, para conceder la exclusividad a los procuradores…” (pág. 23).
La Comisión se muestra favorable a que se puedan ejercer simultáneamente las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, por considerar que es “una mejora regulatoria de relevancia que favorece la competencia”. Asimismo se manifiestan en contra de que se exija la pertenencia a los dos colegios oficiales, pues así “las posibilidades reales de que exista una simultaneidad en el ejercicio se reducen y los costes para el prestador, y en consecuencia para el usuario final, se incrementan innecesariamente”.
Y, por último, la Comisión, en aras de estimular la competencia, y en virtud de los principios generales de libre compatibilidad y de proporcionalidad, solicita que se modifique la ley para que establezca que: “sea suficiente para poder ejercer ambas profesiones simultáneamente la obtención de cualquiera de los títulos necesarios en la legislación vigente y estar colegiado en cualquiera de los colegios profesionales, cuando la colegiación fuese obligatoria”.
Veremos en que queda esto. El consejo general de los procuradores es un activo lobby, que ha operado siempre a favor de todas las propuestas y ocurrencias de Gallardón, incluso de las más absurdas, y éste suponemos les tienes en algo estima, pues es propio de los dictadores ser agradecido con aquellos que siempre les dan la razón y nunca les llevan la contraria.
Nada nuevo bajo el sol, por otra parte.
La utilización de los Procuradores debería ser meramente optativa, voluntaria, y no obligatoria.
Cuando una profesión cifra en la obligatoriedad de sus servicios su supervivencia, demuestra que no tiene ningún futuro. Y ese es el futuro de los Procuradores…
Yo discrepo del artículo; creo que los procuradores deberían desaparecer y transformarse en abogados, que es lo que realmente son, pues tienen la licenciatura en derecho.
O sobran los procuradores o sobran las tasas judiciales, pero condenar a priori al litigante, antes de empezar el pleito, con pagar una tasa judicial, hacer una provisión al procurador y otra al abogado, es decir, hacer tres pagos, es una aberración. Dentro de poco, y a este paso, solo van a poder litigar los pobres, al tener todo gratis, y las grandes corporaciones. Nadie más.
El articulista publicó hace años un libro titulado PROCURADORES, DEBATE SOBRE LA REPRESENTACIÓN PROCESAL, en Editorial DYKINSON, donde propugnaba la desaparición paulatina de los Procuradores, permitiéndose a los abogados asumir la representación procesal. Creo que todavía está catalogado. Recomiendo su lectura para quienes deseen profundizar en el tema, pues es muy interesante.
No se puede «condenar» al litigante, ab initio, a soportar tres cargas para exigir sus derechos:
– pagar tasas judiciales.
– hacer una provisión de fondos al procurador, que todos suelen pedirla, y
– comprometerse a abonar los honorarios del abogado.
Con este esquema, pleitear es una ruina. Incluso el que gana pierde…
Sobran tasas o sobran procuradores, pero de seguir así las cosas, la clase media se verá obligada a dejar de defender sus derechos en los tribunales, por imposibilidad económica.
Aparte de las implicaciones en materia de competencia, la reserva exclusiva (monopolio) de representación procesal a favor del Procurador resulta contraria a la Directiva de Servicios en el mercado interior.
Cuando se suscita contradicción entre un ordenamiento nacional y el Derecho de la Unión, el principio de primacía determina que prevalezca este último. Conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo, las directivas no transpuestas dentro de plazo devienen directamente invocables por los particulares frente a los poderes públicos, incluidos los órganos jurisdiccionales (efecto directo vertical).
Así las cosas, los Tribunales españoles vienen obligados a aplicar el Derecho de la Unión Europea, permitiendo al Abogado asumir la representación en juicio, y en caso de duda, plantear cuestión prejudicial interpretativa al TJUE, a instancia de parte o de oficio.
Como abogada que soy, agradezco mucho su gran labor en pro de la erradicación de los procuradores, o al menos de la voluntariedad de su utilización, para no recargar con gastos excesivos al litigante, que bastante problema tiene con tener que acudir al juzgado, para que encima tenga que afrontar tres pagos: abogado, procurador y tasas judiciales.
Como creo que usted planteó una cuestión prejudicial ante el tribunal de justicia de la comunidad europea, u organismo similar, y la ganó, según se publicó ampliamente en la prensa, agradecería publicase algún artículo al respecto, o la forma de poder acceder a esa información, mediante el link correspondiente.
Muchas gracias por su gran labor en pro del Estado de Derecho, ese que tanta falta nos hace en España.
Los procuradores son absolutamente innecesarios, y están prácticamente desaparecidos en todo el mundo… Por algo será.
En los países civilizados, el abogado asume la defensa y representación legal de sus clientes, y solamente cuando el pleito se ventila en otra ciudad, distinta a aquella en la que tiene su despacho, delega la representación en un abogado colaborador o en un procurador…
Se trata de abaratar costes, que entre abogados, procuradores y tasas judiciales, es imposible pleitear en España. De ahí el constante descenso del número de pleitos.
Desgraciadamente Gallardón está en manos den lobby de los procuradores, y todos los informes que emite son a favor de esta profesión. ¿Que le darán para que acceda a todas sus peticiones? Incluso circula el rumor, entre el gremio de procuradores, de que los informes que emite el Ministerio a instancias de la Unión Europea, los redactan los propios procuradores, y luego le pasan la «minuta» o borrador al Ministro, quien se limita a firmarlos…
Soy procurador y reconozco que se hace difícil explicar nuestra profesión al ciudadano de a pie. Pero los profesionales del derecho,en concreto los abogados, han de ser conscientes que si asumen las funciones del procurador deberán hacerlo con todas sus obligaciones.Seré breve : la LEC obliga al procurador a acudir cada día a la sede de los tribunales ante los que ejerce; para efectuar consultas debe hacerlas personalmente o su oficial habilitado, la protección de datos así lo exige; los sistemas informàticos para la recepción de notificaciones se los ha tenido que pagar él solo; se ha tardado casi 10 años en integrar al 80 % de los procuradores en el sistema Lexnet y no por culpa de la procura; en las comunidades donde las demandas se tramitan de forma telemàtica existe la obligación de hacerlo en ciertos procedimientos, muy bonito, pero cada demanda, por pequeña que sea, exige más de media hora para su tramitación; a las dilitencias de calle se acompaña a la comisión judicial hasta el final,….
No digo que los abogados no puedan realizar estas funciones, pero que no me vendan el producto de que lo harán gratis. Cobrarán por ello, como no puede ser de otro modo, por lo que es falso que haya un ahorro para el ciudadano.
Ciertamente hay procuradores que, para deshonra de nuestra profesión, no cumplen debidamente con sus onligaciones, pero eso pasa en todos los sectores productivos, incluso en la abogacía. Pero cuando un procurador trabaja bien el abogado lo agradece y lo reconoce. Lo que es cierto es que en este y otros foros parece que únicamente escriben los que están descontentos con la procura, nunca los que usan y abusan de ella a plena satisfacción.
Rafael, de acuerdo con parte de su comentario. Pienso que en la EJECUCIÓN es dónde es básico tener un buen procurador, que se encargue de llevar adelante la ejecución, pues los abogados pensamos que una vez que tenemos una sentencia favorable al cliente, ya está todo ganado, cuando es sólo el comienzo de la difícil batalla de cobrar…
Curíosamente, de los procuradores sólo hablan bien los propios procuradores. ¿Por qué será?
Parece que se trata de la defensa de los intereses creados, pura y simplemente.
No es una cuestión de buena o mala prensa, reconocereis que los abogados tampoco la tienen maravillosa. Lo que yo expongo es que puede ser que la figura del procurador no sea imprescindible, pero ello no significa que las funciones que realiza no deban seguir haciéndose: recibir notificaciones, presentar escritos, hacer traslados previos de copias, realizar gestiones ante registros y organismos públicos, impulsar los asuntos judiciales, práctica de diligencias de lanzamiento o de reseña, etc… Lo que que no me creo es que todo esto sea realizado gratuitamente por otros operadores. Alguien lo ha de hacer y alguien lo ha de cobrar, se llame como se llame su oficio.
Tienes razón, y me gusta reconocer la verdad. Es más, yo que tenía una mala imagen de los procuradores, tengo la suerte de trabajar con varios procuradores bastante competentes. Y, desde luego, cuando llegamos a la EJECUCIÓN, dejo la tramitación en sus manos, pues se que harán lo imposible por cobrar…
No se puede obligar a contratar si o sí a un procurador. Que lo contrate el que quiera. Hay limpiadoras que hacen una gran labor en las casas particulares, pero también hay personas que no las necesitan porque limpian ellas sus casas o porque no se las pueden permitir. Las llaves de las puertas de la Justicia la tienen los Procuradores en exclusiva y tienes que pagar un dineral por que te las abran. Ya está bien de comportamientos feudales. De hecho, en la jurisdicccion laboral/contencioso adm todos los abogados prescinden del procurador porque son un gasto innecesario.
Efectivamente. Y los GRADUADOS SOCIALES asumen conjuntamente la representación y la defensa de sus clientes, como también hacen los ABOGADOS DEL ESTADO, los LETRADOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS o los LETRADOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL…
La profesión e Procurador tiene que pasar a la Historia, más bien antes que después, lo que pasa es que son un poderoso grupo de presión, que saben que su única posibilidad de supervivencia estriba en la obligatoriedad de su utilización, ya que, caso contrario,están perdidos.
Y hoy por hoy tienen a Gallardón a su favor, no sabemos a cambio de que. Es posible que tenga algún hijo Procurador, como en el caso del kamikaze indultado, que «casualmente» era cliente del despacho donde trabajaba de abogado su hijo…
Yo también soy procurador y me sorprenden mucho las opiniones que aquí veo. Yo trabajo en un pueblo relativamente pequeño y, si hay unos 15 abogados, todos nos apoyan, nadie quiere ejercer la representación, quieren que las cosas continúen como están. No entienden ni apoyan el cambio que se quiere introducir… Entonces, aunque solo sea por porcentaje, no entiendo que casi todas las opiniones aquí vertidas sean tan viscerales contra los procuradores. Además totalmente convencido de que, si desaparecemos y los abogados ejercen la representación, en la mayoría de los casos se encarecerán los costas para el ciudadano.
Carlos, celebro que en tu pueblo los procuradores esteís tan bien vistos. Yo ejerzo la abogacía en una ciudad mediana, Zaragoza, y la verdad es que nada tengo contra los procuradores, pero me encantaría no depender de ellos, teniendo las manos maniatadas, de forma que no puedo ni ir a mear sin un procurador al lado…
Es lógico que utilicemos procuradores cuando llevemos pleitos en ciudades distintas a aquella en la que tienes tu despacho, pues no vas a estar todo el día viajando, pero no tiene mucho sentido que sea OBLIGATORIA su utilización en la misma ciudad dónde ejerces. Simplemente con su fuese POTESTATIVO emplear o no un procurador, muchos nos daríamos con un canto en los dientes.
Respecto a las opiniones, las hay para todo los gustos, aunque si es cierto que la mayoría son contrarios a los procuradores, pero como comprenderás todo el mundo tiene derecho a decir lo que piensa. ¿O no?
Yo no tengo nada claro que los procuradores sean necesarios. Lo que está claro es que sobran las tasas o los procuradores, pero una de las dos figuras sobra… Hoy en día pleitear, sobre todo si es por pequeñas cantidades, que son la mayoría de los pleitos, no nos engañemos, es tirar el dinero…
Los procuradores disfrutan del favor del «faraón Gallardón», y no van a desaparecer, sino que se van a aumentar sus competencias. Piensa Gallardón, y en eso tiene razón, que si se delega en los procuradores parte de las funciones que ahora hacen los trabajadores judiciales, no hará falta aumentar las plantillas y se reducirán gastos, pues el coste de esos servicios lo pagarán los litigantes directamente al procurador, en lugar de ser un gasto para las cargas públicas. Así sucederá con los gastos de desplazamientos para hacer embargos, notificaciones, etc.
Todo muy bien pensado, como vemos, para seguir estrujando al contribuyente.
Hace unos días, un amigo y compañero de estudios, procurador, que pertenece a la junta directiva del colegio de procuradores, y que por lo tanto está muy bien informado, me decía que el Ministro Gallardón le pasaba al consejo general de procuradores las comunicaciones que recibía de Bruselas, del Consejo de Europa, de Defensa de la Competencia, etc., en relación con la profesión, para que ellos mismos redactasen las contestaciones pertinentes, obviamente defendiendo a los procuradores, pesándole la «minuta» del escrito al Ministro, que se limitaba a firmarlas.
De ser cierto, y no tengo porque dudarlo, realmente es de Juzgado de Guardia, y constituye una actuación prevaricadora en toda regla, al menos en mi opinión. Es evidente que el Ministro está vendido a los procuradores. El sabrá porque y a cambio de qué…
Acabo de leer en la prensa que la mayoría de los juzgados están efectuando los notificaciones por sistemas informáticos… En otras palabras, ¿para que hace falta un procurador? El juzgado podría hacer la notificación directamente al Abogado, y asunto solucionado.
Luego, si no cumple con los plazos procesales, o incurre en cualquier falta de cumplimiento de trámites o recursos, etc., sería responsabilidad suya, pues supongo que estos sistemas informáticos dispondrán de algún «acuse de recibo» o forma de poder acreditar la recepción real, en tiempo y forma, de las notificaciones judiciales.
EL PROCURADOR ES UN INTERMEDIARIO INÚTIL, QUE NO TIENE NINGÚN SENTIDO, Y CUÁNDO ANTES DESAPAREZCA, MEJOR. Como quiera que prácticamente todos los Licenciados en Derecho, pueden transformarse en Abogados, sin grandes esfuerzos. Es más, yo abogo porque se les facilite la incorporación automáticamente, sin examen alguno, simplemente con que cumplan el requisito previo de haber trabajado un determinado número de años como Procuradores…
Se quitan las tasas y asunto resuelto, como estaba antes de Gallardón y no mandamos a nadie al paro, porque si el trabajo de los procuradores lo hacen los abogados… nos costaría el doble.
¡Ah!, importante, en Francia quitaron la profesión de procuradores pero con una indemnización colosal, del orden de un millón de euros por procurador. ¿Les pagaremos ese dineral? Yo prefiero que sigan haciendo su trabajo y que ese dineral lo invirtamos en mejoras de la sanidad pública, por ejemplo.
Los Abogados del Estado, por ejemplo, asumen la defensa y representación del Estado, pero no tienen derecho a cobrar nada en concepto de «representación», es decir por la función de procurador.
(Hay varias sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional que así lo aclaran).
Hoy por hoy, tener que redactar un escrito y enviarlo desde tu ordenador al ordenador del procurador, que a su vez lo reenvía al ordenador del juzgado es bastante absuro, pues hay un «intermediario» totalmente innecesario, que no genera utilidad alguna para el cliente…
Asimismo es absurdo que un Abogado no pueda ir sólo al pleito, por lo menos en el 95% de los casos, PUES SEA OBLIGATORIO tener que utilizar un procurador, lo quieras o no, POR IMPOSICIÓN LEGAL.
Si los Procuradores tan competentes, necesarios y útiles se consideran, ¿que problema tienen en que su profesión sea DE USO OPTATIVO, no obligatorio…?
Se dice mucho aquí de la procura, pero lo que a mí me da auténtica vergüenza es la actuación de algunos abogados, que solo le dan a un «click» para imprimir una demanda que ya tienen hecha, y de la que no tienen ni la cara de leerla antes, y te la presentan con multitud de errores y de datos equivocados que vienen del modelo guardado. Luego hacen el ridículo en el juicio porque no le han dedicado ni media hora al tema. Eso sí….. la minuta que pasan luego es de órdago a la grande. Eso sí que es una aberración, y no las cuatro perras que minutan los procuradores. Y cuando hay ejecución, otra buena minuta, aunque no hayan hecho ni el huevo. En fin, abogados…. que estáis más guapos calladitos, que hay mucho destalentado que se cree un estratega jurídico y lo que hacen es el ridículo.
Es verdad parte de lo que usted dice, pero hoy en día ¿que valor añadido aportan los procuradores, que se limitan a enviar al juzgado el documento informático que les hace llegar el abogado…?
¿No sería mejor que los abogados pudiéramos asumir la defensa y representación de nuestros clientes, además de reducir el coste de los honorarios y derechos que actualmente tienen que pagar a 2 profesionales distintos?
Comprendo que a ustedes les moleste e inquiete su posible desaparición futura, aunque yo creo que siempre tendrá que haber procuradores, sobre todo cuándo el abogado radique en localidad distinta al lugar dónde se dirime el pleito, pero una cosa es LA VOLUNTARIEDAD de su utilización, y OTRA LA OBLIGATORIEDAD ACTUAL.
Yo creo que los procuradores van a acabar cayendo. Es cuestión de tiempo. Es como el lechero o el carbonero, oficios que ya se han extinguido, en aras de la modernidad.
Y, en efecto, ¿qué sentido tiene que el abogado tenga que enviar sus escritos a un señor llamado Procurador, que a su vez los reenvía al juzgado, cobrando un elevado peaje por ello…?
Yo no soy contraria a la supervivencia del Procurador, pero siempre VOLUNTARIA U OPTATIVA, NO OBLIGATORIA, como sucede actualmente…